Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0724/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2008-11-27

Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ SANTA CRUZ HERNAN ELOY Y OTRO S/ ORDINARIO

Descripción: EMBARGO SUELDO

EXPTE. Nº 0724/2006

CARATULA: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ SANTA CRUZ HERNAN ELOY Y OTRO S/ ORDINARIO

Viedma, noviembre de 2.008.-

Atento el estado de autos y lo solicitado, trábese embargo sobre los haberes que perciben los demandados HERNAN ELOY SANTA CRUZ y CARLOS ALFREDO VILLAR en las proporciones de ley, como empleados de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, hasta cubrir la suma de $ 10.028 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 1.940 presupuestados provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al mencionado Organismo, haciéndole saber que las sumas retenidas deberán ser depositadas en el Banco Patagonia S.A. a la orden del suscripto y como perteneciente a autos.-

s.b.s.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro