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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0724/2006
Fecha: 2008-11-27
Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ SANTA CRUZ HERNAN ELOY Y OTRO S/ ORDINARIO
Descripción: EMBARGO SUELDO
EXPTE. Nº 0724/2006
CARATULA: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ SANTA CRUZ HERNAN ELOY Y OTRO S/ ORDINARIO
Viedma, noviembre de 2.008.-
Atento el estado de autos y lo solicitado, trábese embargo sobre los haberes que perciben los demandados HERNAN ELOY SANTA CRUZ y CARLOS ALFREDO VILLAR en las proporciones de ley, como empleados de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, hasta cubrir la suma de $ 10.028 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 1.940 presupuestados provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al mencionado Organismo, haciéndole saber que las sumas retenidas deberán ser depositadas en el Banco Patagonia S.A. a la orden del suscripto y como perteneciente a autos.-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro