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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0432/2005
Fecha: 2008-11-27
Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ PANISSE MARIA ROSA S/ ORDINARIO
Descripción: EMBARGO CTA BANCOS
EXPTE. Nº : 0432/2005.-
CARATULA: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ PANISSE MARIA ROSA S/ ORDINARIO.-
Viedma, noviembre de 2008.-
Tiénese presente lo manifestado y atento lo solicitado, trábese embargo sobre las sumas de dinero que la accionada tenga o tuviere en cuentas corrientes, cajas de ahorro, plazos fijos, y/o cualquier otro concepto en los Bancos de la Nación Argentina y Patagonia S.A., hasta cubrir la suma de $ 9.016 en concepto de capital, incluídos los honorarios, con más la suma de $ 1.740 que se presupuestan provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio. A tal fin líbrense oficios con los recaudos correspondientes, a las entidades bancarias mencionadas, bajo responsabilidad de la parte, haciéndose saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos, en el Banco Patagonia S.A. -sucursal Viedma-. Tiénese presente las personas facultadas para el diligenciamiento del oficio ordenado.-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro