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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0259/81/6
Fecha: 2008-11-27
Carátula: OLIVERO ALDO JORGE S/ SUCESION
Descripción: libera fondos c/ citación a la DGR
EXPTE. Nº 0259/81/6
CARATULA: OLIVERO ALDO JORGE S/ SUCESION
Viedma, noviembre de 2008.-
Proveyendo a fs. 181/184:
Agréguese.-
Proveyendo a fs. 185:
Por evacuada la vista conferida a la Dirección General de Rentas. Tiénese presente y hágase saber que deberán abonarse las sumas liquidadas.-
Al escrito de fs. 187:
Agréguese el saldo bancario acompañado.-
Atento las razones expuestas, en atención a lo peticionado, lo que surge de las constancias de la causa, teniendo especialmente en cuenta las sumas dadas en pago por las restantes herederas a fs. 163 (punto I, inciso 1, $ 35.676,66) y la conformidad prestada por el representante de la Caja Forense, con citación de la Dirección General de Rentas y haciéndose la reserva de 1/6 correspondiente a los gastos causídicos según lo requerido a fs. 174 ($ 1.217,09) y del 20 % de los fondos dados en pago de acuerdo a lo solicitado a fs. 187 ($ 7.135,33), líbrese orden de pago a favor de la sra. Stella Maris Olivero (DNI n° 12.057.087) por la suma de $ 27.304,24 en concepto de fondos del acervo hereditario. Notifíquese.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro