Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0838/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2008-11-27

Carátula: CERCHIARO OSVALDO MARIO C/ BADIA PABLO JOSE ERNESTO S/ ORDINARIO

Descripción: debe limitarse a puntos de pericia de fs. 49

EXPTE. N° 0838/2007

CARATULA: CERCHIARO OSVALDO MARIO C/ BADIA PABLO JOSE ERNESTO S/ ORDINARIO

Viedma, noviembre de 2008.-

Atento lo peticionado y surgiendo de las constancias de autos que la prueba pericial ha sido solicitada únicamente por la actora, cuyos puntos periciales han sido ofrecidos a fs. 49, hágase saber al perito que deberá limitar su informe a lo allí solicitado.-

Asimismo y conforme lo solicitado concédese una prórroga de 15 días para la presentación del informe pericial.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro