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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0838/2007
Fecha: 2008-11-27
Carátula: CERCHIARO OSVALDO MARIO C/ BADIA PABLO JOSE ERNESTO S/ ORDINARIO
Descripción: debe limitarse a puntos de pericia de fs. 49
EXPTE. N° 0838/2007
CARATULA: CERCHIARO OSVALDO MARIO C/ BADIA PABLO JOSE ERNESTO S/ ORDINARIO
Viedma, noviembre de 2008.-
Atento lo peticionado y surgiendo de las constancias de autos que la prueba pericial ha sido solicitada únicamente por la actora, cuyos puntos periciales han sido ofrecidos a fs. 49, hágase saber al perito que deberá limitar su informe a lo allí solicitado.-
Asimismo y conforme lo solicitado concédese una prórroga de 15 días para la presentación del informe pericial.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro