Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39066

N° Receptoría:

Fecha: 2008-11-27

Carátula: HERRERA Rosa Ester y otra c/BARAZUTTI Damián S/ Ordinario

Descripción: ORDINARIO: Inicio

NOTA: De haberse recibido del Juzgado Civil Cinco el expte. HERRERA ROSA ESTER Y FUENTES FUENTES INES DEL CARMEN S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS" (32748-J.5-08) y de haberse dado ingreso por ante este Juzgado Civil TRES, Secretaría Unica, bajo el Nº 39111-III-08.-

Secretaría, 27 de noviembre de 2008.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

//neral Roca, 27 de noviembre de 2008.-

De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de VEINTIOCHO días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C.. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula a Villa Regina.-

Atento lo peticionado, desígnase OFICIAL DE JUSTICIA “AD HOC” al Sr./ra Amalia J. Oyanarte , quien actuará en tal caracter en la diligencia a realizar, asumiendo las responsabilidades legales inherentes al cargo conferido y quedando entendido que el mismo queda aceptado con su intervención en la diligencia, de la quedeberá levantar acta detallada de lo ocurrido y agregarla en autos dentro del TERCER día, bajo apercibimiento de remoción y sin perjuicio de las demás sanciones que en el caso correspondan. Not.

Cítese en garantía en los términos del art. 118 de la Ley 17418 a la La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales por el término de veintiocho a fin de que comparezca en autos a ejercer sus derechos.-NOTIFIQUESE con entrega de las respectivas copias de traslado a cuyo fín líbrese cédula ley 22172 a Rosario, Santa Fe.-

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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