Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1586/99/5

N° Receptoría:

Fecha: 2008-11-26

Carátula: ZUÑIGA JUANA Y OTRA C/ INOSTROZA OSCAR Y OTROS S/ SUMARIO

Descripción: CEDULA SECRETARIA

C E D U L A

Señor: Caja Forense

Domicilio: Belgrano 80 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "ZUÑIGA JUANA Y OTRA C/ INOSTROZA OSCAR Y OTROS S/ SUMARIO ", Expte. Nº 1586/99/5, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, noviembre de 2.008.- I.- Hacer lugar parcialmente a la acción interpuesta a fs. 114/122 y condenar a los sres. Oscar Inostroza, Tomás Marilao Llanquinao, Javier Antonio Marilao Cayumán y Teofilda Eddie Cayumán Traipi y a la citada en garantía Horizonte Compañía Argentina de Seguros S.A, en forma solidaria (art. 1081 C.C.) a pagar a la sra. Juana Zúñiga, en el plazo de 10 días, la suma de $ 15.000 en concepto de daño moral e intereses calculados al 30/09/2008 y de allí en más los intereses posteriores a la misma tasa hasta su efectivo pago, conforme lo dispuesto en el considerando 10º .- II.- Hacer lugar parcialmente a la acción interpuesta a fs. 469/483 y condenar a los sres. Oscar Inostroza, Tomás Marilao Llanquinao, Javier Antonio Marilao Cayumán y Teofilda Eddie Cayumán Traipi y a la citada en garantía Horizonte Compañía Argentina de Seguros S.A, en forma solidaria (art. 1081 C.C.) a pagar: a) a la sra. Carolina Marta Pilquinao, en el plazo de 10 días, la suma de $ 118.050 en concepto de daño material y daño moral, e intereses -a la tasa mix- calculados al 30/09/08 y de allí en más los intereses posteriores a la misma tasa hasta su efectivo pago; b) a la menor María José Zúñiga, en el plazo de 10 días, la suma de $ 67.460 en concepto de daño material y daño moral, e intereses -a la tasa mix- calculados al 30/09/08 y de allí en más los intereses posteriores a la misma tasa hasta su efectivo pago; y c) al menor Lucas Matías Zúñiga, en el plazo de 10 días, la suma de $ 71.210 en concepto de daño material y daño moral, e intereses -a la tasa mix- calculados al 30/09/08 y de allí en más los intereses posteriores a la misma tasa hasta su efectivo pago; todo ello conforme lo dispuesto en el considerando 10º.- III.- Imponer las costas del proceso a los demandados (art. 68 ap. 1° C.P.C.C.) y regular los honorarios del Dr. Miguel Angel Cardella en la suma de $ 29.345 (50 % del 12 % + 40 % + 40 % - primer etapa); los de los Dres. Oscar Pineda y Gaspar A. Platino, en forma conjunta, en la suma de $ 29.345 (50 % del 12 % + 40 % + 40 % - segunda etapa), los de los Dres. Juan Carlos Chirinos, Martín Piermarini, María Isabel Jensen y Juan Carlos Ozuna, en forma conjunta, en la suma de $ 39.130 ( coef. 8 % + 40 % + 40 %) y los del perito accidentólogo sr. Carlos Armando Riat en la suma de $ 7.000. MB: $ 271.720 (conf. arts. 6, 7, 9, 10, 37, 39 y 49 L.A.). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-IV.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes - Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de noviembre de 2008.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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