Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0719/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2008-11-26

Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ PELONI LILIANA AMELIA Y OTRO S/ EJECUTIVO

Descripción: CEDULA SECRETARIA

C E D U L A

Señor: JUAN CARLOS MAGAGNA

Domicilio: Italia 542 (real denunciado)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "CONFIAR S.R.L. C/ PELONI LILIANA AMELIA Y OTRO S/ EJECUTIVO ", Expte. Nº 0719/2008, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, noviembre 25 de 2.008.- .... hágase saber al demandado Magagna la existencia de saldo remanente a su favor. Notifíquese.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes - Juez".-

Se hace saber que para la percepción del saldo remanente deberá comparecer al Juzgado munido de su documento de identidad. Saldo aproximado: $ 730.-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de noviembre de 2008.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro