Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36890

N° Receptoría:

Fecha: 2005-05-24

Carátula: PIERONI Carlos c/SALOMON MIGUEL S/ Ejecución de Honorarios

Descripción: embargo de sueldo

General Roca, 24 de mayo de 2.005.-

Trábese embargo sobre el bien denunciado, por las sumas de $ 335.25 en concepto de capital, con más la suma de $ 200 que se calculan para costas.-

Para su cumplimiento, líbrese oficio a la empleadora, haciéndole saber que deberá descontar dichos montos, en el porcentaje de ley, de los haberes que tenga a percibir el demandado y depositarlos en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal, en el Banco Patagonia Sudameris S.A., Sucursal General Roca.-

Oportunamente notifíquese al ejecutado

Agréguese el comprobante de gastos acompañado.-

A fin de dictar la sentencia dispuesta por el art. 508 del C.P.C., cítese de venta al demandado, como se ordena a fs. 2 vta.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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