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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36940
Fecha: 2005-05-24
Carátula: PAEZ Cecilia Judith S/ Beneficio de Litigar sin Gastos
Descripción: por recibido,previo a resolver
General Roca, 24 de mayo de 2.005.-
Por recibido, hágase saber el Juez que entenderá en la causa.-
Previo a todo, líbrese el oficio al R.P.I. como se ordena a fs. 3, último párrafo.-
Fecho con la prueba producida, y siendo el futuro demandado una Institución de la provincia de Río Negro, deberá citarse al Fiscal de Estado y al Gobernador de la provincia, con adjunción de toda la prueba producida en autos, por el término de diez días, a cuyo fin se librarán cédulas a Viedma.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro