Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36940

N° Receptoría:

Fecha: 2005-05-24

Carátula: PAEZ Cecilia Judith S/ Beneficio de Litigar sin Gastos

Descripción: por recibido,previo a resolver

General Roca, 24 de mayo de 2.005.-

Por recibido, hágase saber el Juez que entenderá en la causa.-

Previo a todo, líbrese el oficio al R.P.I. como se ordena a fs. 3, último párrafo.-

Fecho con la prueba producida, y siendo el futuro demandado una Institución de la provincia de Río Negro, deberá citarse al Fiscal de Estado y al Gobernador de la provincia, con adjunción de toda la prueba producida en autos, por el término de diez días, a cuyo fin se librarán cédulas a Viedma.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro