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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38989
Fecha: 2008-11-21
Carátula: INOSTROZA Joel S/ Beneficio de Litigar sin Gastos
Descripción: providencia
General Roca, 21 de noviembre de 2008.-
Proveyendo a fs.39: Atento la naturaleza del trámite y siendo limitada la prueba que puede ofrecer el futuro demandado en el beneficio de litigar sin gastos, a la revocatoria interpuesta no ha lugar.-
Si bien el mismo está en condiciones de aportar elementos para demostrar una capacidad económica distinta a la que invoca el peticionante, el debate se limita a ese aspecto y no a circunstancias que tienen incidencia en la causa principal. Por otra parte, al tercero informante no puede derivarle toda una investigación de la situación de la contraparte, que excede el carácter de dicha prueba .-
Concédese la apelación deducida en forma subsidiaria.-
Oportunamente elévense las presentes actuaciones a la Excma. Cámara de Apelaciones.-
Proveyendo a fs.40/ 48: Agréguese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro