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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39105
Fecha: 2008-11-20
Carátula: HUTTER Angel Daniel y AVENDANO Elsa y otros S/ Ejecución Convenio
Descripción: inicio
General Roca, 20 de noviembre de 2008.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
A la homologación solicitada, no ha lugar atento lo dispuesto por el art. 21 última parte de la Ley 3847.-
A los efectos de instrumentar el acuerdo arribado en el CE JU ME, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de que proceda a la apertura de una cuenta judicial a la orden del Tribunal y en estos autos.-
Denúnciese el domicilio real de la contraparte.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicacion de sus datos personales ( conf. Acord. 112/03 del STJ).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro