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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38199
Fecha: 2008-11-20
Carátula: GARCIA TERAN Marcela c/ALENCI Juan s/suc. S/ Ejecución de Honorarios
Descripción: a defensoriaprovidencia deja sin efecto auto para resolver
General Roca,20 de noviembre de 2008.-
Atento los edictos acompañados a fs. 92/95 por no haber comparecido el Sr. Juan Antonio Alenci, cumplida como se encuentra la publicación de edictos y vencido el plazo señalado al efecto, hago efectivo el apercibimiento decretado y designo al DEFENSOR DE AUSENTES para que lo represente en este proceso de conformidad con lo dispuesto por el art. 343 del C.P.C., sin perjuicio de que el nombrado funcionario trate de hacer llegar a conocimiento del interesado de la existencia del juicio.- En el mismo acto de la aceptación del cargo quedará notificado de la demandada contando con el plazo de CINCO días para oponer excepciones.- A tal fin, pasen las presentes actuaciones al Despacho del Sr. Defensor Oficial.-
Dejese sin efecto el autos para resolver de fs. 100.-
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Poder Judicial de Río Negro