Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37509

N° Receptoría:

Fecha: 2008-11-20

Carátula: CREDIL S.R.L. c/VALENZUELA Liliana Leontina S/ Ejecutivo (*)

Descripción: se embargo embargo.oficio empleadora.-

//neral Roca,20 de Noviembre de 2008.-

En atención a lo peticionado y estado de autos, líbrese nuevo oficio a la empleadora a fín de que prosiga con el descuento de haberes de la demandada en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas de $ 1.767,76 en concepto de capital con más la de $ 710 calculados para intereses y costas.-

Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferido al BANCO PATAGONIA SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente, notifíquese a la demandada el embargo precedentemente ordenado.-

Se deja constancia que la suma del embargo ordenado precedentemente surge de restar al monto de la planilla de liquidación practicada a fs.79 ($ 1.926,24) la extracción de fondos ordenada a fs.82 ($ 158,48).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro