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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39041
Fecha: 2008-11-19
Carátula: DIRECCION GRAL. RENTAS c/TRONELLI Pascual S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena levantamiento de embargo.-
//neral Roca, 19 de Noviembre de 2008.-
Proveyendo el escrito de fs.31, agréguese el oficio acompañado.-
Al punto 2, téngase presente la cancelación total del crédito reclamado en autos por el demandado.-
En atención a lo peticionado por el letrado apoderado de la parte actora, procédase al levantamiento de la medida cautelar (embargo) trabado sobre el inmueble a fs. 26 a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble correspondiente.-
Proveyendo el escrito de fs. 32, téngase presente la conformidad prestada por el Apoderado de Caja Forense.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro