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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0411/2007
Fecha: 2008-11-17
Carátula: VIGGIANI SUSANA AMELIA C/ PALLOTTINI ROBERTO HORACIO S/ EJECUTIVO
Descripción: PROV. ARMANDO
EXPTE. Nº : 0411/2007.-
CARATULA: VIGGIANI SUSANA AMELIA C/ PALLOTTINI ROBERTO HORACIO S/ EJECUTIVO.-
Viedma, noviembre de 2008.-
1) No habiendo sido observada la liquidación practicada, apruébase la misma en cuanto ha lugar por derecho, la que calculada al 21-10-08 asciende a la suma de $ 174,59 conforme detalle efectuado por la parte a fs. 32.-
2) Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado, PALLOTTINI ROBERTO HORACIO como empleado de la Municipalidad de Carmen de Patagones hasta cubrir la suma de $ 174,59 en concepto de liquidación aprobada. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A..-
3) Conforme lo peticionado y el estado de autos, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Gustavo Javier Bronzetti Nuñez (D.N.I. nº 24.876.148) y/o Dra. Tamara Perez Balda (D.N.I. nº 23.069.796) a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta cubrir la suma de $ 174,59 en concepto de capital, debiendo informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-
4) A la regulación de honorarios peticionada en el punto II de fs. 33, oportunamente.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro