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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0821/2008
Fecha: 2008-11-14
Carátula: ARRIBAS JOSE EUGENIO C/ MORON ROSINDA S/ DESALOJO
Descripción: CONTESTA DEMANDA -
EXPTE. Nº: 0821/2008.-
CARATULA: "ARRIBAS JOSE EUGENIO C/ MORON ROSINDA S/ DESALOJO".-
Viedma, noviembre de 2008.-
Por presentada, parte y por constituido el domicilio.-
Agréguese la documental acompañada y devuélvase la focopia simple de un recibo atento carecer de validez legal.-
Por opuestas excepciones, de las mismas y de la documental acompañada, córrase traslado a la parte contraria por el término de ley. Notifíquese.-
Por contestada la demanda en tiempo y forma.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro