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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 15478III
Fecha: 2008-11-13
Carátula: MARTIN Luis Martin Francisco S/ Sucesión
Descripción: Regulación
//neral Roca, 13 de NOVIEMBRE de 2008.=
Por la primera y segunda etapa regulo los honorarios del Dr. Carlos Ernesto Soria en la suma de $4.920- a cargo de los herederos y en la suma de $ 2.460.- a cargo de la cónyuge supérstite. (M.B. $ 113.547.-.arts. 6, 7, 24 y 43 ley 2212).-
Por parte de la tercer etapa regulo los honorarios de la Dra. Paula Scatareggia en la suma de $ 492.- y los de la Dra. Susana Amaya de Scatareggia en $ 1230.- a cargo de los herederos y en la suma de $ 246.-y $ 615.- respectivamente, a cargo de la cónyuge supérstite.
Previo a completar la regulación por la tercer etapa, acompáñese condiciones de dominio, gravámenes e inhibiciones actualizadas como asimismo libre deudas de Municipalidad, Rentas y Aguas Rionegrinas.
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro