Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0663/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2008-11-12

Carátula: VEIGA JOSE DARIO Y OTROS C/ EDITORIAL RIO NEGRO S.A. Y OTRO S/ ORDINARIO S/ OFICIO

Descripción: no ha lugar pedido de aud. psicol

EXPTE. Nº 0663/2008

CARATULA: VEIGA JOSE DARIO Y OTROS C/ EDITORIAL RIO NEGRO S.A. Y OTRO S/ ORDINARIO S/ OFICIO

Viedma, noviembre de 2008.-

Teniendo especialmente la proximidad de la audiencia propuesta y no habiendo aceptado en debida forma el cargo para el que fuera designada la perito psicóloga, a lo solicitado no ha lugar por no corresponder.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro