Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0202/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2008-11-12

Carátula: MACIA LUIS OMAR Y OTRA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO

Descripción: EMBARGO MUEBLES

EXPTE. Nº 0202/2006

CARATULA: MACIA LUIS OMAR Y OTRA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO

Viedma, noviembre de 2008.-

Al escrito de fs. 317:

Toda vez que el traslado de la liquidación se encuentra vencido y que se ha dictado dictado sentencia monitoria a fs. 309, estése a lo allí dispuesto y en su caso a las disposiciones del art. 508 del C.Pr..-

Proveyendo a fs. 318:

Atento lo solicitado, trábese embargo sobre los equipos de computación de propiedad del demandado BANCO HIPOTECARIO S.A., hasta cubrir la suma de $ 6.228,27 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 1.100 presupuestados provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese mandamiento. Tiénese presente las personas autorizadas para el diligenciamiento del mismo.-

e.z

Alejandro J. E. Moldes

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro