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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0749/2005CPA
Fecha: 2008-11-12
Carátula: LEVI MARIA MAGDALENA C/ RUBILAR RUPERTO ROQUE Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: negl al cuad. citada en garantia - previo debe notificar fs. 53 cit. garan.
EXPTE. Nº 0749/2005CPA
CARATULA: LEVI MARIA MAGDALENA C/ RUBILAR RUPERTO ROQUE Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, noviembre de 2008.-
Con respecto al pedido de negligencia y surgiendo que sólo faltaba prueba en el cuaderno de la citada en garantía, estése a lo que allí se provee en el día de la fecha.-
Previo a hacer lugar a la clausura del término probatorio, hágase saber que falta notificar el traslado dispuesto a fs. 53 del cuaderno de la citada en garantía.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro