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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 23285/08
Fecha: 2008-11-11
Carátula: PEREYRA, STELLA M. Y OTROS S/ AMPARO COLECTIVO LEY 2779
Descripción: cont.traslado
Expte. N°23285/08-STJ-
///MA, 11 de noviembre de 2008.-
Proveyendo el escrito de fs.69: Por contestado en tiempo oportuno el traslado conferido.-
Téngase presente lo manifestado.-
A lo demás, oportunamente, estése a los traslados conferidos a fs.65.-
Proveyendo el escrito de fs.70/73: Por presentado, parte en el carácter de gestor invocado y por constituido domicilio legal.
Acuérdase un plazo de treinta (30) días para acreditar la personería invocada y/o ratificar lo actuado, bajo apercibimiento de ley (art.48 Cód.Proc.Civ. y Com.).-
Atento las razones dadas, hágase lugar a la revocatoria planteada y amplíase el plazo para contestar el traslado conferido a la Empresa Ferrosur Roca S.A. por el término de diez (10) días.-
Al "otro si digo" hágase entrega de copias de la demanda de amparo, como se pide.-
Notifíquese por cédula.-
Fdo.:ALBERTO I. BALLADINI PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro