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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39056
Fecha: 2008-11-11
Carátula: CHAINA Sandro y Otro c/BIASSONI Juan J. y Otros S/ Ejecución de Honorarios
Descripción: defensor asume intervención//oficio observado
en los oficios hay una frase que no está ordenada que el banco debe decir el saldo
cedulas agregada a nestor quintana diligenciada el 04.11.2008 y a federación patronal seguros s.a. diligenciada el 06.11.2008 ambas providencias son del 30.10.2008
General Roca, 11 de noviembre de 2008.-
Por presentado en el caracter invocado, parte y con domicilio.-
Téngase presente lo manfiestado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro