Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38222

N° Receptoría:

Fecha: 2008-11-10

Carátula: GARRIDO Jose Eduardo c/ MORALES Juan Luis S/ Ordinario

Descripción: Fija Preliminar-Vve. a despacho

//neral Roca, 10 de NOVIEMBRE de 2008.=

Proveyendo el escrito de fs. 91, téngase por contestado en legal tiempo y forma por la actora, el traslado conferido a fs. 86, 5º párrafo.

Siendo la excepción interpuesta una cuestión de fondo, la misma será resuelta al momento del dictado de sentencia definitiva.

A los efectos previstos por el art. 361 del C.P.C., fíjase la audiencia del día 26 de MARZO de 2009, a las 8.30 horas a la que deberán comparecer las partes personalmente o excepcionalmente por apoderado ( art. 362 CPC.) y sus letrados.- Hágase saber a las partes que quedarán notificadas de toda resolución que se dicte en la audiencia, como asimismo que su incomparecencia injustificada se entenderá como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contrapartes y se aplicará una multa de $ 500 conforme lo dispuesto por el art. 37 in fine del C.P.C. con destino al servicio informático del Poder Judicial.- Notifíquese por Secretaria.-

Asimismo hágase saber a las partes que el plazo para el ofrecimiento de prueba vence CINCO días antes de la fecha fijada precedentemente.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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