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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34160IV
Fecha: 2008-11-10
Carátula: CREDIL S.R.L. c/CARDOSO Margarita Susana S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena levantamiento de embargo.-
//neal Roca, 10 de Noviembre de 2008.-
Téngase presente lo manifestado y procédase al levantamiento de embargo trabado sobre los haberes de la demandada a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrese oficio a la empleadora.-
Atento el estado de autos, líbrese oficio al Banco Patagonia SA sucursal local a fin de que informe el saldo existente en la cuenta judicial de autos ó en su defecto acompáñese certificación bancaria.-
Al archivo solicitado, oportunamente y estése a lo ordenado precedentemente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro