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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0832/2008
Fecha: 2008-11-07
Carátula: MARTINEZ GLADYS MIRIAM S/ SUCESION
Descripción: debe cumplir con dep.en forma-denunciar todos los bienes
EXPTE. N° 0832/2008
CARATULA: MARTINEZ GLADYS MIRIAM S/ SUCESION
Viedma, noviembre de 2008.-
Atento lo peticionado provéanse las solicitudes pendientes.-
Al escrito de fs. 54:
Agréguese y del pago efectuado a fs. 49, córrase vista a la Dirección General de Rentas de Rentas.-
Surgiendo de los títulos de los automotores obrantes a fs. 50/51 que los bienes componen el acervo hereditario, tiénese presente los bienes denunciados.-
Con respecto a la denuncia de venta de los mismos, teniendo en cuenta los derechos que al menor le pudieran corresponder y a los fines de que se expida al respecto, pasen las actuaciones en vista a la Sra. Asesora de Menores.-
Manifiéstese si los bienes denunciados constituyen la totalidad del acervo hereditario, ello a los fines de la oportuna regulación de honorarios.-
Acompáñense certificados de dominio de los automotores denunciados, del bien inmueble que fuera cedido según boleto de compraventa de fs. 43/44 y de inhibiciones de la causante.-
Proveyendo a fs. 57 y fs. 61:
Agréguese el comprobante acompañado.-
Atento el estado de autos y teniendo en cuenta lo dispuesto a fs. 48, hágase saber que dentro del plazo de 48 horas deberá dar estricto cumplimiento con lo requerido por la sra. Asesora de Menores a fs. 47 y efectuar el depósito de los fondos en la forma allí ordenada, ello por cuanto dicha suma ($ 12.307,67, -fs. 60-) corresponde al menor Alexis David Radivoy y debe quedar indisponible hasta que el mencionado alcance la mayoría de edad. Oportunamente, con intervención del Ministerio Público Pupilar se podrá ordenar la inversión de dichos fondos de manera de asegurar los mismos. Notifíquese.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro