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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0378/2008
Fecha: 2008-11-07
Carátula: LAZZARINI RUBEN DARIO S/ SUCESION
Descripción: DECLARATORIA: AMPLIACION
Viedma, noviembre de 2.008.-
Y VISTOS: El pedido de declaratoria de herederos formulado a fs. 56 de estos autos caratulados: "LAZZARINI RUBEN DARIO S/ SUCESION" Expediente Nº 0378/2008;
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 44 se presentaron los sres. Dario David Lazzarini, Vanesa Valeria Lazzarini y Lorena Claudia Lazzarini, por derecho propio, a los fines de hacer valer sus derechos en la presente causa.-
Por ello, en atención a la certificación de la Actuaria obrante a fs. 57 y teniendo en cuenta la conformidad manifestada por el Ministerio Público Fiscal a fs. 57 vta., la Fiscalía de Estado a fs. 58. y lo dispuesto por el art. 3565 y concordantes del Código Civil.-
RESUELVO:
1.- Ampliar la declaratoria de herederos obrante a fs. 39, registrada bajo Auto Interlocutorio n° 228 folio 276 de fecha 15 de noviembre de 2.007 dictada en el Juzgado de Familia n° 5 de Viedma, y declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de don RUBEN DARIO LAZZARINI le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus hijos: DARIO DAVID LAZZARINI, VANESA VALERIA LAZZARINI y LORENA CLAUDIA LAZZARINI.-
2.- Cése la intervención de la Fiscalía de Estado y del Agente Fiscal.-
3.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-
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Poder Judicial de Río Negro