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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0647/2006CPA
Fecha: 2008-11-07
Carátula: FELTAÑO MARCELA VANESA C/ MOYANO GUILLERMO ALEJANDRO Y OTRA S/ ORDINARIO
Descripción: intima psic. contestar - fot. expte penal reservado - PERITO psiquiatra presente pericia not MINIST. LEGIS
EXPTE. Nº: 0647/2006CPA.-
CARATULA: "FELTAÑO MARCELA VANESA C/ MOYANO GUILLERMO ALEJANDRO Y OTRA S/ ORDINARIO".-
Viedma, noviembre de 2008.-
Al escrito de fs. 113:
Conforme lo peticionado y constancias de la causa, intímase a la perito psicóloga para que en el término de 5 días de notificado evacue las observaciones formuladas a la pericia, bajo apercibimiento de ley. Notifíquese.-
Con respecto al pedido de la causa penal, estése a las fotocopias recibidas y que fueran reservadas en Secretaría (F-05/08) según surge de la constancia de fs. 27 de cuaderno de prueba de la parte demandada.-
Proveyendo a fs. 114/120:
Por presentada la pericia psiquiátrica, de la misma córrase traslado a las partes por el término de ley.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro