Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38078

N° Receptoría:

Fecha: 2008-11-07

Carátula: MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA c/BAGLIANI Armando Jose P. s/suc. S/ Ejecutivo (Ex 353-I-06)

Descripción: regulación acrecidos

//neral Roca, 07 de NOVIEMBRE de 2008.=

Agréguese.

Regulo por acrecidos los honorarios del DR. Pablo Bergonzi en la suma de $1.000.-(M.B. $ 17.826,02.- capital, gastos y honorarios de fs. 136- arts. 6, 7 y 40 ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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