Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 14886-054-08

N° Receptoría:

Fecha: 2008-11-07

Carátula: PROVINCIA RIO NEGRO / RIVAS GUSTAVO Y OTRA S/ EJECUTIVO S/INCIDENTE DE NULIDAD

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:14886-054-08

Tomo:

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

2

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 07 DE NOVIEMBRE DE 2008

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “PROVINCIA RIO NEGRO

c/ RIVAS GUSTAVO Y OTRA S/ EJECUTIVO S/INCIDENTE DE

NULIDAD”, expte. nro. 14886-054-2008 (reg.cám), luego de

haberse impuesto individualmente de la causa los dres.

Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos

Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de

todo lo cual certifica la Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO:

Que el Tribunal hubo dispuesto la agregación ad

effectum videndi, entre otras, de la causa “Rivas,

Edmundo s/ suc.” (V. fs. 262); advirtiendo que, en

cambio, se hubo remitido erróneamente la caratulada

“Rivas, Luis Abel s/ suc.” (V. nota de fs. 272).

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y

COMERCIAL;

RESUELVE:

1ro.) requerir la remisión de la causa “Rivas,

Edmundo s/ suc.” (expte. n° 603-126-92); a cuyo fin,

ofíciese. Confección y libramiento del citado oficio, a

cargo de la parte recurrente.

2do.) Interin, interrúmpanse los plazos para fallar.

Oportunamente practíquese nuevo cómputo.-

3ro.) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí

decidido.-

c.t.

Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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Poder Judicial de Río Negro