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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0357/2003
Fecha: 2008-11-06
Carátula: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ PEREZ PEDRO S/ APREMIO
Descripción: CEDULA SECRETARIA
C E D U L A
Señor: JUAN ERNESTO MAYER
Domicilio:Alvaro Barros 1145 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ PEREZ PEDRO S/ APREMIO ", Expte. Nº 0357/2003, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, septiembre 9 de 2.008.- .... Atento que la suma debitada ($ 600) que da cuenta la factura acompañada no ha sido requerida, ni autorizada en autos amén de señalar que no surge del acta de toma de posesión la intervención de profesional alguno, intímase al martillero actuante para que en el término de cinco (5) días reintegre la misma depositándola en la causa. Notifíquese.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes - Juez".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de noviembre de 2008.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro