Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37914

N° Receptoría:

Fecha: 2008-11-05

Carátula: CREDIALLEN Ltda. c/MARZIALETTI Graciela Beatriz S/ Ejecución de Sentencia (*)

Descripción: se ordena embargo.-

//neral Roca, 05 de Noviembre de 2008.-

Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrese oficios a las instituciones bancarias mencionadas de la ciudad de Cipolletti, haciendose efectiva la medida por la suma de $ 4060 en concepto de capital con más la de $ 1624 calculados para intereses y costas, debiendose abstener en caso de tratarse de cuenta sueldos.-

Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al Banco Patagonia SA sucursal local a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente, notifiquese a la demandada el embargo precedentemente ordenado.-

Hago saber al presentante que de hacerse efectivo el embargo ordenado en algunas de las instituciones bancarias mencionadas, deberá abstenerse de la presentación de los oficios librados en las restantes.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro