Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0782/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2008-11-04

Carátula: ESTREMADOR MARIA ISABEL S/ SUCESION S/ INCIDENTE

Descripción: no acredita el reconocimiento ni los recibos de pago

EXPTE. N° 0782/2008

CARATULA: ESTREMADOR MARIA ISABEL S/ SUCESION S/ INCIDENTE

Viedma, noviembre de 2008.-

Tiénese presente la aclaración efectuada.-

Atento ello y toda vez que conforme lo expresado se persigue la ejecución de créditos ajenos a la administración del sucesorio, los cuales encuadrarían en una petición de legítimo abono, a excepción del correspondiente a los honorarios regulados, que no ha sido expresamente reclamado, sino que solamente ha efectuado la reserva, y teniendo en cuenta que de las copias del sucesorio acompañadas no surge el reconocimiento expreso de los gastos efectuados por parte de los herederos y/o cesionarios, circunstancia que habilitaría en su caso la ejecución pretendida, amen de señalar que no obran los recibos y/o facturas de los referidos gastos, a la misma no ha lugar.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro