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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0782/2008
Fecha: 2008-11-04
Carátula: ESTREMADOR MARIA ISABEL S/ SUCESION S/ INCIDENTE
Descripción: no acredita el reconocimiento ni los recibos de pago
EXPTE. N° 0782/2008
CARATULA: ESTREMADOR MARIA ISABEL S/ SUCESION S/ INCIDENTE
Viedma, noviembre de 2008.-
Tiénese presente la aclaración efectuada.-
Atento ello y toda vez que conforme lo expresado se persigue la ejecución de créditos ajenos a la administración del sucesorio, los cuales encuadrarían en una petición de legítimo abono, a excepción del correspondiente a los honorarios regulados, que no ha sido expresamente reclamado, sino que solamente ha efectuado la reserva, y teniendo en cuenta que de las copias del sucesorio acompañadas no surge el reconocimiento expreso de los gastos efectuados por parte de los herederos y/o cesionarios, circunstancia que habilitaría en su caso la ejecución pretendida, amen de señalar que no obran los recibos y/o facturas de los referidos gastos, a la misma no ha lugar.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro