Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0487/2004

N° Receptoría:

Fecha: 2008-11-03

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ ESCUER HECTOR PEDRO S/ EJECUCION PRENDARIA

Descripción: DESISTIMIENTO EN LOS TÉRMINOS DEL ART. 304 DEL C.Pr.

EXPTE. Nº: 0487/2004.-

CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ ESCUER HECTOR PEDRO S/ EJECUCION PRENDARIA.-

Viedma, noviembre de 2008.-

Por formulado desistimiento en los términos del art. 304 del C. Pr., del mismo córrase traslado a la parte contraria por el término de 5 días, bajo apercibimiento de tenerlo por conforme en caso de silencio y declarar extinguido el proceso sin más trámite. Notifíquese.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro