Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 19110/04

N° Receptoría:

Fecha: 2005-09-28

Carátula: GARCIA JURJO, HECTOR Y OTROS S/ PROHIBIMUS

Descripción: Medida p/Mejor Proveer

Expte.N°19110/04-STJ-

///MA, 28 de septiembre de 2005.-

Atento el estado de las presentes actuaciones, teniendo en cuenta la rubrica del contrato de concesión entre la Provincia y la Empresa Catedral Alta Patagonia S.A. (CAPSA) y la posterior creación del Ente Regulador como Autoridad de Aplicación de la Concesión del Cerro Catedral, intímase a los amparistas para que en el término de cinco (5) días expresen si mantienen interés juridico de la pretensión invocada en la acción deducida en autos.-

Notifíquese por cédula.-

Fdo.:ALBERTO I.BALLADINI PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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Poder Judicial de Río Negro