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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38252
Fecha: 2008-11-03
Carátula: ARAGON Ramon Fredi y Otros S/ Beneficio de Litigar sin Gastos (Ex 31.251-IX)
Descripción: providencia
General Roca, 03 de noviembre de 2008.-
Agréguese la cédula acompañada.-
Atento lo informado por el Juzgado de Neuquén respecto del concurso de Transporte Centenario S.R.L. en los autos 38202-III-07 a lo solicitado respecto a la notificación al Síndico, no ha lugar y tratándose de una sociedad legalmente constituida, debiéndose notificar en el domicilio legal de la misma, líbrese nueva cédula al domicilio inscripto de Empresa Centenario SRL, haciéndole saber tal circunstancia al oficial notificador.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro