Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38252

N° Receptoría:

Fecha: 2008-11-03

Carátula: ARAGON Ramon Fredi y Otros S/ Beneficio de Litigar sin Gastos (Ex 31.251-IX)

Descripción: providencia

General Roca, 03 de noviembre de 2008.-

Agréguese la cédula acompañada.-

Atento lo informado por el Juzgado de Neuquén respecto del concurso de Transporte Centenario S.R.L. en los autos 38202-III-07 a lo solicitado respecto a la notificación al Síndico, no ha lugar y tratándose de una sociedad legalmente constituida, debiéndose notificar en el domicilio legal de la misma, líbrese nueva cédula al domicilio inscripto de Empresa Centenario SRL, haciéndole saber tal circunstancia al oficial notificador.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro