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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 20108/05
Fecha: 2005-04-21
Carátula: VENTUALA SERGIO S/ INDULTO
Descripción: Prov. c/Of. al CMF de Bariloche ( Inf. Psicológico)
Expte. Nro. 20108/05-STJ.-
///MA, 21 de abril de 2005.-
---------------- Atento la condena que purga el peticionante, por expresa Instrucción del Tribunal, requiérase al Cuerpo Médico Forense de S. C. de Bariloche; para que a través del especialista idóneo produzca un informe psicológico, con diagnóstico y pronóstico, y en su caso el tratamiento a seguir con el encartado, toda vez que de las constancias de autos no surge que tipo de tratamiento se le está dispensando y si es el adecuado a su personalidad.- - - - - - - - - - - - -------Ofíciese y resérvese en Secretaría estos actuados, hasta la recepción de la opinión del Cuerpo Médico Forense.-
NOB
En fecha 25/04/2005 se libra Of. Nro. /05/STJ al CMF de S. C. de Bariloche (RN). CONSTE.-
En fecha 25/04/2005 se reservan en Secretaría estos actuados en 16 fs. útiles. CONSTE.-
VIEDMA, 21 de abril de 2005.-
Oficio Nro. /05/Sec. Nro. 4-S.T.J.-
A los Sres. integrantes
del Cuerpo Médico Forense
de General Roca R.N.
S / D
------------------------ Me dirijo a Ud./s. en los autos caratulados: "VENTUALA SERGIO S/ INDULTO" (Expte. N° 20108/05-STJ-), a efectos de solicitarle la confección y posterior remisión de un informe psicológico con diagnóstico y pronóstico respecto de la adaptación social que pudiera experimentar Sergio Ventuala, nacido el 12 de septiembre de 1938 en Maquinchao (R.N.), hijo de Juan y de Sebastiana Navarrete, quien actualmente se encuentra detenido en la Cárcel de Encausados, a disposición de la Cámara IIa. en lo Criminal (Expte. N° D 81/03), todo de esa ciudad.- - - - - -
------------------------ Para mayor recaudo transcribo la providencia que así lo ordena, la que en su sección pertinente dice: “///MA, 21 de abril de 2005.- Atento la condena que purga el peticionante, por expresa Instrucción del Tribunal, requiérase al Cuerpo Médico Forense de S. C. de Bariloche ; para que a través del especialista idóneo produzca un informe psicológico, con diagnóstico y pronóstico, y en su caso el tratamiento a seguir con el encartado, toda vez que de las constancias de autos no surge que tipo de tratamiento se le está dispensando y si es el adecuado a su personalidad.- Ofíciese y resérvese en Secretaría estos actuados, hasta la recepción de la opinión del Cuerpo Médico Forense ...” FDO: Dr. Ezequiel Lozada, Secretario del Superior Tribunal de Justicia.- - - - - - - -
------------------------ Saludo a Ud/s muy atentamente.- - - NOB
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Poder Judicial de Río Negro