Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37656

N° Receptoría:

Fecha: 2008-10-29

Carátula: TENA Andrea Viviana c/ITURBURU Carlos Ceferino S/ Ordinario

Descripción: Acta preliminar//modifica carátula

Autos: "T. A. V. c/I.C.C. S/ Ordinario" (Expte. Nro. 37656)- Juzgado Civil III

En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, siendo 29 de octubre de 2008 , a las 9 horas, comparecen ante S.S. y ante mí Secretaria Autorizante a la audiencia prevista para el día de la fecha, la Sra. Andrea Viviana Tena con la asistencia de su letrado patrocinante Dra. Barbara Sanchez Pulgar y el Sr. Carlos Ceferino Iturburu con la asistencia de su letrada apoderada Dra. Marisa Gayone.-Abierto el acto, las partes manifiestan que no hay posibilidades de llegar a un acuerdo lo que se tiene presente. Los hechos controvertidos se centrarán en época en que la actora dispone de la camioneta individualizada en la demanda, circunstancia en que decide la venta, personas que intervinieron para acordar las modalidades de la misma. Personas que participaron en la operación con el responsable,persona, agencia o autoparque que tenía el auto para la venta, trámites realizados a ese fin,documentación que pudo entregarse al mismo, condiciones de pago, si hubo instrumentación alguna al respecto y pagos recibidos por la actora. En razón de ello, se abre el juicio a prueba hasta la fecha de la audiencia de prueba la que se fija para el día03 de marzo de 2009 a las 8,30 hs. de lo que quedan las partes notificadas en este acto.

Proveyendo la prueba ofrecida por la parte actora a fs. 16, 71/2,

DOCUMENTAL: Téngase presente.-

INFORMATIVA : Líbrense oficios a Comisaría 3º de General Roca, Comisaría 1º de Neuquén Capital y al R.P.A.de Allen, Concesionaria Mazda y a Benjamín Sanchez Automotores para que informen sobre lo requerido en el término de veinte días hábiles de notificados bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 398/399 del CPC.-

TESTIMONIAL: Para la declaración testimonial de Tomás Pirri, Luis Gonzalez, Cecilia Rego, Magali Tavella, Juan Carlos Alba, Norma Diaz y Alejandra Andrade, fíjase como primera audiencia la indicada precedentemente, bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la audiencia complementaria que se fijará oportunamente y a petición de las partes. Notifíquese con transcripción del art. 431 CPC a cuyo efecto líbrense cédulas.-

Para la declaración testimonial de Walter Adrián Rios, deberá acompañarse el pliego interrogatorio en el término de tres días a fin de ponerlo a disposición de la contraria.-Quedando notificado en este acto.

Proveyendo la prueba ofrecida por la parte demandada,

DOCUMENTAL: Téngase presente.-

TESTIMONIAL: Para la declaración testimonial de Carlos Hugo Peiran, Diego Gutierrez Corral, Irlanda del Carmen Jelvez Cisterna, Carlos Alberto Gabba y Martín Alberto Lillo, fíjase como primera audiencia la indicada precedentemente, bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la audiencia complementaria que se fijará oportunamente y a petición de las partes. Notifíquese con transcripción del art. 431 CPC a cuyo efecto líbrense cédulas.-

INFORMATIVA: Líbrense oficios a Escribanía Larregui y Correo Argentino para que informen sobre lo requerido en el término de veinte días hábiles de notificados bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 398/399 del CPC. En este estado la Dra. Gayone desiste de la informativa al Correo Argentino por no ser un hecho controvertido al estar reconocida por la contraria, la Dra. Sanchez Pulgar aclara que lo que reconoció fue el instrumento en sí pero no la imnputación. -No siendo para más se da por terminado el acto, entregando copia a los presentes, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

General Roca, 29 de octubre de 2008.-

Atento el estado de autos, levántese la reserva formulada e inclúyase el presente expediente en la lista de despacho diaria.-

Modifíquese la carátula y déjense las constancias respectivas

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro