Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38981

N° Receptoría:

Fecha: 2008-10-29

Carátula: MUNICIPALIDAD VILLA REGINA c/PIANELLI Ezio José y otros S/ Ejecutivo

Descripción: oficio remitido por Secretaría

General Roca, de octubre de 2008-

Sr. Gerente del

Banco Patagonia S.A.

Sucursal General Roca

S / D

Oficio N*.2042. -III-08

Me dirijo a Ud. a fin de solicitarle en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD VILLA REGINA C/PIANELLI EZIO JOSE Y OTROS S/EJECUTIVO" (38981-III-08), que tramitan por ante el Juzgado Civil III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos , Secretaría Única, a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, a fin de hacerle saber que deberá transferir la suma de $ 302 existente en la cuenta de autos, a la cuenta Nº 569530655/2 a nombre de Pianelli José correspondiente a caja de ahorro para acreditar jubilación del Banco Nación Argentina Sucursal Villa Regina .-

La providencia que lo ordena dice://neral Roca, 28 de Octubre de 2008.-... Proveyendo a fs. 56/57: Atento lo manifestado por el Banco Nación Argentina Sucursal Villa Regina, y la naturaleza de la suma que se ha trabado embargo, cuenta de jubilación, corresponde liberar la misma.- A esos efectos líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. Sucursal General Roca, a fin de que proceda a transferir a la cuenta del Banco Nación Argentina Sucursal Villa Regina la suma de $ 302 en concepto de restitución de los fondos mal embargados.- //- Fdo. Susana Teresa Burgos. Juez.

Sin otro particular saluda a ud. atentamente.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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