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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 32684IV
Fecha: 2008-10-28
Carátula: RAMPELLOTTO GIORDANO Santo Simone S/ Sucesión
Descripción: regulacion por dos etapas
General Roca, 28 de octubre de 2008.-
Regulo, por las dos primeras etapas los honorarios profesionales del Dr. Horacio Pagliaricci en la suma de $.9780 .a cargo de los herederos y por la suma de $.4890.. a cargo del cónyuge supérstite.- (M.B. $ 225.977,74 fs. 62 - arts. 6, 7, 24 y 43 L.A. 2212.-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Previo a regular por la tercera etapa deberá acompañarse condiciones de dominio, gravamenes y libres deudas de los inmuebles detallados a fs. 62 .-
Asimismo deberá acompañarse certificado de inhibiciones del causante.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro