Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0772/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2008-10-27

Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ GOMEZ BRUNO ANDRES S/ EJECUTIVO

Descripción: hace efectivo aperc. art. 399 C.Pr. y reitera oficio

EXPTE. Nº 0772/2007

CARATULA: CONFIAR S.R.L. C/ GOMEZ BRUNO ANDRES S/ EJECUTIVO

Viedma, octubre de 2008.-

Agréguese.-

Atento lo peticionado y teniendo en cuenta las constancias de autos, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto en el art. 399 del C. Pr., póngase en conocimiento del Ministerio de Gobierno el incumplimiento incurrido por parte de la Policía de la Provincia de Río Negro con el embargo decretado en la causa y que fuera comunicado mediante oficio nº 42/08 y su reiteratorio nº 1318/08, a los fines que estime corresponder. Ofíciese adjuntándose las constancia pertinentes.-

Sin perjuicio de ello, líbrese oficio reiteratorio del n° 1318/08 a la Policía de la Provincia de Río Negro a los fines de que dé estricto cumplimiento con lo alli ordenado.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro