Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0730/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2008-10-27

Carátula: ARIAS ANGEL CAYETANO S/ SUCESION

Descripción: CEDULA SECRETARIA

C E D U L A

Señor: Valeria Adela Mercedes Arias Lopez, Samanta María Antonia Arias Lopez - Dres. Jorge Daniel Palma - María Eva Scatena

Domicilio: Sarmiento 108 of. A (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "ARIAS ANGEL CAYETANO S/ SUCESION ", Expte. Nº 0730/2008, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, octubre 27 de 2.008.- Señor Juez: Informo a Ud. que en estas actuaciones que fueran recibidas del Juzgado de Familia nº 5 en fecha 19/09/08 ha sido encontrado un oficio remitido por el Juzgado Civil nº 1 cuyo cargo lleva fecha del 29/08/08 sin proveer y abrochado al referido expediente luego de la carátula correspondiente al séptimo cuerpo. Conste.- Asimismo, informo que en el inventario efectuado a fs. 718 surge la existencia de expedientes en el inmueble en que funcionara el estudio del causante, que se ha ordenado la devolución de los mismos a fs. 795, que de la partición de bienes de fs. 852 y su aprobación a fs. 854 el inmueble que fuera asiento del estudio jurídico ha quedado en poder de los herederos Valeria Adela Mercedes Arias Lopez, Samanta María Antonia Arias Lopez y Fernando Hugo Guillermo Arias Lopez.- Secretaría, octubre 27 de 2008. Fdo. Angela Clara Contreras - Prosecretaria - Viedma, octubre 27 de 2008.- Tiénese presente el informe que antecede.- Por recibido oficio. En su mérito, intímase a los herederos Valeria Adela Mercedes Arias Lopez, Samanta María Antonia Arias Lopez y Fernando Hugo Guillermo Arias Lopez para que dentro del plazo de 5 días procedan a dar estricto cumplimiento con la devolución de los expedientes ante este Juzgado, bajo apercibimiento de ordenar su secuestro. Notifìquese. Fdo. Alejandro J. E. Moldes - Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma,octubre de de 2008.-

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro