include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36368
Fecha: 2005-09-28
Carátula: Banca Naz. del LAVORO SA C/YAMEBO Miguel A. S/ Ejecutivo
Descripción: Sen.TRANCE
EJECUTIVO: SENTENCIA
//neral Roca, 28 de SETIEMBRE de 2005._
AUTOS Y VISTOS: No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido según informa la actuaria en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar.-
Por ello, con lo pedido y lo dispuesto por el art. 531 del CPC,
FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución, hasta tanto el ejecutado:
MIGUEL ANGEL YAMEVO........................ haga al acreedor BANCA NAZIONALE DEL LAVORO S.A................, íntegro pago del capital reclamado de $ 7.499.- más los intereses, costos y costas de la ejecución (art. 68 y 551 CPC), regulando los honorarios del Dr. Alejandro D. Cataldi en $270.-, Dr. Federico Raffo Benegas en $338.- y Dr. Sergio Mario Barotto en $338.- arts. 6, 7 y 40 ley 2212 RN).-
Téngase por constituido el domicilio del demandado en los estrados del Tribunal.
Notifíquese, cúmplase con la ley 869. REGISTRESE.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis, 7, ley 2212 RN).-
Glósese la documental original.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro