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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 24369III
Fecha: 2008-10-21
Carátula: FAGOTTI Rubén D. c/ANTON Jorge O. S/ Sumario
Descripción: plancha de cedula
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CEDULA DE NOTIFICACION
JORGE OMAR ANTON
DR. ROBERTO JOISON
MITRE 810, PISO 2º OFIICNA 5/6 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “FAGOTTI RUBEN DARIO C/ANTON JORGE OMAR S/SUMARIO” (24369-III-90) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la providencia que dice: General Roca, 10 de octubre de 2008.-Atento la inactividad procesal, devuélvase el expte "ANTON JORGE OMAR S/LESIONES GRAVES Y LEVES CULPOSAS" (332/91) de la Cámara Tercera del Crimen, a dicho organismo.-Para su cumplimiento líbrese oficio.-Déjense las debidas constancias.- Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC, declaro la caducidad de la instancia. Costas por su orden.-Regulo los honorarios del Dr. Víctor Daniel Valencia, en $ 350. y los del Dr. Roberto Joison en $ 250.. (MB: $ 3.500.-)Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).-Notifíquese y cúmplase con la Caja Forense. Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, de octubre de 2008.-
...............................................
María del C. Villalba
Secretaria
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CEDULA DE NOTIFICACION
FAGOTTI RUBEN DARIO
DR. VICTOR DANIEL VALENCIA
MITRE 810, 2º PISO, OFICINA 7 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “FAGOTTI RUBEN DARIO C/ANTON JORGE OMAR S/SUMARIO” (24369-III-90) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la providencia que dice: General Roca, 10 de octubre de 2008.-Atento la inactividad procesal, devuélvase el expte "ANTON JORGE OMAR S/LESIONES GRAVES Y LEVES CULPOSAS" (332/91) de la Cámara Tercera del Crimen, a dicho organismo.-Para su cumplimiento líbrese oficio.-Déjense las debidas constancias.- Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC, declaro la caducidad de la instancia. Costas por su orden.-Regulo los honorarios del Dr. Víctor Daniel Valencia, en $ 350. y los del Dr. Roberto Joison en $ 250.. (MB: $ 3.500.-)Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).-Notifíquese y cúmplase con la Caja Forense. Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, de octubre de 2008.-
...............................................
María del C. Villalba
Secretaria
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CEDULA DE NOTIFICACION
CAJA FORENSE
VILLEGAS 973 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “FAGOTTI RUBEN DARIO C/ANTON JORGE OMAR S/SUMARIO” (24369-III-90) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la providencia que dice: General Roca, 10 de octubre de 2008.-Atento la inactividad procesal, devuélvase el expte "ANTON JORGE OMAR S/LESIONES GRAVES Y LEVES CULPOSAS" (332/91) de la Cámara Tercera del Crimen, a dicho organismo.-Para su cumplimiento líbrese oficio.-Déjense las debidas constancias.- Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC, declaro la caducidad de la instancia. Costas por su orden.-Regulo los honorarios del Dr. Víctor Daniel Valencia, en $ 350. y los del Dr. Roberto Joison en $ 250.. (MB: $ 3.500.-)Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).-Notifíquese y cúmplase con la Caja Forense. Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, de octubre de 2008.-
...............................................
María del C. Villalba
Secretaria
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