Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0772/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2008-10-20

Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ MEDINA JOSE LUIS S/ EJECUTIVO

Descripción: EMBARGO SUELDO

EXPTE. Nº 0772/2008

CARATULA: CONFIAR S.R.L. C/ MEDINA JOSE LUIS S/ EJECUTIVO

Viedma, octubre de 2.008.-

Atento el estado de autos y lo solicitado, trábese embargo sobre los haberes que percibe el demandado JOSE LUIS MEDINA en las proporciones de ley, como empleado de la Policía de Río Negro, hasta cubrir la suma de $ 885 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 105 presupuestados provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al mencionado Organismo, haciéndole saber que las sumas retenidas deberán ser depositadas en el Banco Patagonia S.A. a la orden del suscripto y como perteneciente a autos.-

s.b.s.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro