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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0555/2006
Fecha: 2008-10-20
Carátula: ARAMENDI ANA MARIA C/ ROSAS ELBA ALCIRA S/ SUMARIO - COBRO DE PESOS
Descripción: CEDULA DE SENTENCIA
C E D U L A
Señor: ELBA ALCIRA ROSAS
Domicilio: Amapola 113 - 1º A Barrio Independencia (real)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "ARAMENDI ANA MARIA C/ ROSAS ELBA ALCIRA S/ SUMARIO - COBRO DE PESOS", Expte. Nº 0555/2006, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, octubre 15 de 2.008.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- Hacer lugar a la demanda interpuesta a fs. 4 y condenar a la sra. Elba Alcira Rosas a abonar a la sra. Ana María Aramendi, en el plazo de 10 días, la suma de U$S 2.686 calculada al 30/9/08 con más los intereses posteriores correspondientes, conforme lo dispuesto en el considerando 4º.- II.- Imponer las costas a la parte demandada (art. 68 del C.Pr.) y posponer la regulación de honorarios para su oportunidad (conf. considerando 5º).- Fdo. Alejandro J. E. Moldes Juez".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, octubre de 2.008.-
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Poder Judicial de Río Negro