Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1674/00/5

N° Receptoría:

Fecha: 2005-09-27

Carátula: MAZZIOTTI ANGEL OMAR C/ JUAREZ FABIAN S/ EJECUTIVO

Descripción: APRUEBA LIQUID.-EMBARGO

EXPTE. Nº : 1674/00/5.-

CARATULA: "MAZZIOTTI ANGEL OMAR C/ JUAREZ FABIAN S/ EJECUTIVO".-

VIEDMA, septiembre de 2005.-

No habiendo sido observada la liquidación practicada, apruébase la misma en cuanto ha lugar por derecho, la que calculada conforme parámetros de sentencia al 31-07-05 asciende a la suma de $ 2.067,34.-

Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado, Fabian Juarez como empleado de Marítima San José, hasta cubrir la suma de $ 1.836,34 en concepto de saldo de liquidación aprobada, con más la suma de $ 304 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la empresa mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-

Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Rafael N Augugliaro, a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 2.067,34 en concepto de capital intereses y gastos, e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-

R.B.

ALEJANDRO J. E. MOLDES

-Juez-

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