Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0838/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2008-10-16

Carátula: CERCHIARO OSVALDO MARIO C/ BADIA PABLO JOSE ERNESTO S/ ORDINARIO

Descripción: acompañe saldo-ordena testimonial es extraña jurisd.

EXPTE. Nº 0838/2007.-

CARATULA: CERCHIARO OSVALDO MARIO C/ BADIA PABLO JOSE ERNESTO S/ ORDINARIO.-

Viedma, octubre de 2008.-

Proveyendo a fs. 90:

Previo acompánese saldo bancario.-

Al escrito de fs. 91:

Atento el estado de autos y a los fines de citar a los sres. Juan Ignacio Santos y Joaquin Nuñez a los efectos de sus declaraciones testimoniales, líbrese oficio con los recaudos de la ley 22.172 al Juzgado de Igual Clase y en Turno con Jurisdicción en la Capital Federal, debiéndose transcribir el interrogatorio que obra a fs. 59. Tiénese presente las personas autorizadas para intervenir en su diligenciamiento.-

Hágase saber que deberá informar el Juzgado en que ha quedado radicado el oficio y las fechas de audiencias que se designen de conformidad con lo previsto en el art. 454 C.Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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