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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0178/2008
Fecha: 2008-10-15
Carátula: ROBLEDO GUILLERMO CRUZ C/ GALLEGO AMADEO RUBEN S/ PROCESO DE ESTRUCTURA MONITORIA - CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Descripción: embargo
EXPTE. N° 0178/2008
CARATULA: ROBLEDO GUILLERMO CRUZ C/ GALLEGO AMADEO RUBEN S/ PROCESO DE ESTRUCTURA MONITORIA - CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Viedma, octubre de 2008.-
1) Agréguese.-
2) Atento lo peticionado, teniendo en cuenta los términos de la sentencia dictada a fs. 15 y toda vez que en la misma se condena a entregar la cantidad de 30 terneros correspondientes a la parición del año 2008, no habiéndose determinado la aplicación de intereses y surgiendo de la liquidación practicada que el valor de los semovientes ha sido determinado al 07/10/08 conforme valores informados por Rossi Hacienda S.A., no corresponde la inclusión de los intereses allí efectuados, debiendo adecuarse la liquidación.-
En su mérito, de la liquidación de fs. 26, con exclusión de los intereses allí adicionados, córrase traslado al demandado por el término de ley. Notifíquese.-
3) Atento el estado y constancias de autos, trábese embargo sobre semovientes vacunos de propiedad del demandado Amadeo Rubén Gallego hasta cubrir la suma de $ 9.103 evaluada estimativamente sólo a los fines de la cautelar, con más la suma de $ 3.000 que se presupuestan para intereses, costos y costas. A tal fin, líbrese mandamiento el que será diligenciado por el sr. Juez de Paz de Valcheta. Tiénese presente las personas autorizadas para el diligenciamiento del mismo.-
4) A la regulación de los honorarios, tiénese presente para la oportunidad de existir liquidación firme.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro