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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0571/2004
Fecha: 2008-10-15
Carátula: JALABERT VALERIA Y OTRA C/ GENNARI SUSANA ISABEL Y OTRO S/ INTERDICTO DE RECOBRAR
Descripción: liquida nuevos astreintes
EXPTE. N° 0571/2004
CARATULA: JALABERT VALERIA Y OTRA C/ GENNARI SUSANA ISABEL Y OTRO S/ INTERDICTO DE RECOBRAR
Viedma, octubre de 2008.-
Agréguese.-
A la liquidación practicada a fs. 430, téngasela presente para su oportunidad.-
Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta lo manifestado y peticionado en el escrito en despacho, surgiendo de las constancias de la causa que a fs. 431 se liquidaron las astreintes correspondientes hasta el día 23/05/08, habiéndose dispuesto que las mismas continuarían devengándose hasta el estricto y acabado cumplimiento de lo ordenado a fs. 401, hecho que fuera informado a fs. 438 (27/06/08) y no habiéndo formulado objeciones la actora, corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto a fs. 400 y fijar las astreintes devengadas con posterioridad al 23/05/08 y hasta el día en que la demandada se presentara comunicando el cumplimiento de su obligación (27/06/08), en la suma de $ 3.500 (35 días). Notifíquese, haciéndole saber que en el plazo de 5 días deberá depositar dicha suma a la orden del suscripto y como perteneciente a estos autos, bajo apercibimiento de ejecución.-
A lo demás peticionado, tiénese presente para su oportunidad si correspondiere.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro