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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38456
Fecha: 2008-10-15
Carátula: BARBOSA Ruben Angel c/MARTINEZ Victor S/ Ordinario
Descripción: vta. a despacho//Acta Preliminar (ORDINARIO)
Autos: "BARBOSA Ruben Angel c/MARTINEZ Victor S/ Ordinario" (Expte. Nro. 38456)- Juzgado Civil III
En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, siendo 15 de octubre de 2008 , a las 9 horas, comparecen ante S.S. el Sr. Rubén Angel Barbosa con el patrocinio del Dr. Juan Francisco Alberdi y ante mí Secretaria Autorizante a la audiencia prevista para el día de la fecha, Abierto el acto, las partes no hay posibilidades de llegar a un acuerdo atento a la incomparecencia del demandado.Se deja constancia que la multa queda supeditada a efectiva notificación de la audiencia señalada a estos efectos. Los hechos controvertidos son actitud del demandado,circunstancia en que se produce el hecho que se denuncia y que es objeto de demanda, consecuencias de los acontecimientos producidos con motivo del acercamiento del actor y su madre al domicilio del demandado el día 12 de diciembre del 2007 aproximadamente a las 20.30 hs. Asimismo deberán demnostrarse los daños irrogados por el hecho que se denuncia como la entidad de su valor En razón de ello, se abre el juicio a prueba por el término de cuarenta días de lo que quedan las partes notificadas en este acto.
Proveyendo la prueba ofrecida por la parte actora a fs. 11 vta. y 17,
DOCUMENTAL: Téngase presente.-
INSTRUMENTAL: Se deja constancia que el expte. Barbosa Rubén Angel c/Martinez Victor s/Embargo preventivo (38240-III-07), que tramitan por ante este Juzgado TRES, Secretaría Unica, será agregado oportunamente. Líbrese oficio al juzgado de Instrucción Nº 12 y en su caso a la Cámara Criminal en la cual haya quedado radicado en esta instancia, a fin de que remitan el expte.: "Cria. 3º Gral Roca, s/Investigación homicilio agravado y lesiones (Víctima Rosa Martinez y Rubén Barboba).
PERITO MEDICO (TRAUMATÓLOGO): Desígnase perito a Néstor Andrada con domicilio en 9 de Julio 1425 de General roca quien deberá aceptar el cargo dentro del tercer día de notificado y llevar adelante su cometido en el término de quince días, bajo apericibimiento de remoción. Not.-
INFORMATIVA: Para que informen sobre lo requerido en el término de veinte días bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.PC.., líbrese oficio al Hospital Lopez Lima para que remitan copia de la historia clínica del actor y oficio a Metalúrgica ER SRL.
PERICIAL PSICOLOGICA: Desígnase perito a María Cecilia Barresi con domicilio en Sarmiento 1105 de General Roca quien deberá aceptar el cargo dentro del tercer día de notificado y llevar adelante su cometido en el término de quince días, bajo apericibimiento de remoción. Not.- No siendo para más se da por terminado el acto, entregando copia a los presentes, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
General Roca, 15 de octubre de 2008.-
Atento a las características de la situación planteada y lo dispuesto por el art. 12 del C.P. líbrese oficio al Juzgado Penal Nº 12 o a la Cámara Criminal que esté entendiendo en la investigación de los hechos relatados en la demanda, a fin de que informe si el Sr. Víctor Martinez cuenta con condena y en su caso característica de la misma.
Cúmplase por Secretaría-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Sr. JUEZ:
INFORMO: A Ud. que habiéndome comunicado telefónicamente con el Juzgado de Instrucción Nº 12 me informaron que el expte MARTINEZ VICTOR S/HOMICIDIO SIMPLE, fue remitido a la Cámara Tercera del Crimen en fecha 06.05.2008 para su radicación y dicho organismo, telefónicamente me informó que ha quedado radicada bajo la misma carátula con el número 3542/08.-
Secretaría, 15 de octubre de 2008.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
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Poder Judicial de Río Negro